Curso de compliance, dirigido a directivos
La reforma del Código Penal de 2010 introduce la responsabilidad penal de la persona jurídica respecto de los delitos que pudiera cometer un integrante de la organización en su nombre o por su cuenta, en su beneficio directo o indirecto. Con la posterior reforma de 2015 la empresa puede eximirse o atenuar su responsabilidad respecto de estos delitos siempre y cuando pueda acreditar que ha implantado un programa de prevención de delitos eficaz. Los consejeros, altos cargos y directivos de una organización deben ser lo máximos impulsores del cumplimiento. Consulta objetivos, modalidad y contendidos en nuestro programa, que puedes descargarte aquí.