Este ejercicio de 2024 es importante para la transparencia de la información empresarial en Europa.
Hasta ahora, en España, la Ley 11/2018, de 28 de diciembre, obliga a publicar el Estado de la Información No Financiera (EINF) a aquellas sociedades con más de 250 trabajadores que, o bien tengan la consideración de entidades de interés público, o bien, durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos una de las circunstancias siguientes:
(i) que el total de las partidas del activo sea superior a 20.000.000 de euros;
(ii) que el importe neto de la cifra anual de negocios supere los 40.000.000 de euros.
Con la aplicación de la Directiva (UE) 2022/2464 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2022, por la que se modifican el Reglamento (UE) n.º 537/2014, la Directiva 2004/109/CE, la Directiva 2006/43/CE y la Directiva 2013/34/UE, se establece la obligatoriedad de publicar información sobre sostenibilidad a las siguientes entidades:
- Para los ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 2024 las empresas actualmente obligadas. Esta información deberá ser reportada en los informes del año 2025.
- Para los ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 2025, aplicará a las grandes empresas y a las sociedades matrices de un grupo grande, a aquellas empresas que superen, al menos, dos de los siguientes criterios:
(i) total de balance: 20 millones de euros;
(ii) volumen de negocios: 40 millones de euros y;
(iii) número medio de empleados: 250 trabajadores.
Esta información deberá ser reportada en los informes del año 2026. - Para los ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 2026, aplicará a pequeñas y medianas empresas cotizadas que no sean microempresas. Esta información deberá ser reportada en los informes del año 2027.
- Para los ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 2028, aplicará a las empresas de terceros países que tengan una filial o sucursal en la Unión Europea, siempre y cuando, cumplan determinados requisitos.